Antes de invertir
Analizamos su proyecto a la luz del derecho marroquí: filial, sucursal u oficina de enlace, actividades reguladas, adquisición de terrenos, regímenes de incentivos previstos por la Carta de la Inversión y normas de las zonas de aceleración industrial. También le orientamos hacia los organismos públicos competentes, en particular los Centros Regionales de Inversión.
Implantación
- Constitución de la sociedad y redacción de los estatutos
- Pactos de accionistas y joint ventures con socios marroquíes
- Adquisición de empresas y auditorías jurídicas (due diligence)
- Compra o alquiler de terrenos y locales
Repatriación de fondos y control de cambios
Las inversiones extranjeras realizadas conforme a la normativa de cambios marroquí se benefician en principio de un régimen que permite transferir los rendimientos y el producto de la venta. Estructurar bien la operación desde el inicio es esencial para preservar estos derechos.
La gestión diaria de la actividad
- Contratos comerciales con clientes, proveedores y distribuidores
- Derecho laboral: contratos, contratación de trabajadores extranjeros, reglamento interno, despidos
- Recobro de deudas y relaciones con las administraciones
- Cumplimiento normativo y secretaría jurídica de la filial
Litigios y arbitraje
En caso de conflicto con un socio, un cliente o una administración, representamos a su empresa ante los tribunales marroquíes y en procedimientos de arbitraje y mediación. También intervenimos para el reconocimiento y la ejecución en Marruecos de laudos arbitrales y sentencias extranjeras.